¿Demanda por deuda vendida o pagada? Guía de Contradicción Judicial
Muchos bancos en Perú inician procesos judiciales de Obligación de Dar Suma de Dinero incluso meses después de haber vendido la deuda a empresas de cobranza o tras haber recibido el pago total. Esto se conoce como temeridad procesal y tienes las herramientas para defenderte.
Caso Real Resuelto
Un cliente fue demandado por el banco a pesar de haber cancelado su deuda tras una cesión de derechos. Presentamos una Contradicción por Extinción de la Obligación, logrando el archivo definitivo del proceso y el levantamiento de sus embargos en tiempo récord.
Fundamentos para Ganar tu Caso
Si te ha llegado una notificación de un Juzgado de Paz Letrado, la ley peruana te otorga un plazo muy corto para defenderte:
| Base Legal | Tu Derecho |
|---|---|
| Art. 1206 Código Civil | La cesión transmite el derecho de exigir la prestación al nuevo acreedor. El banco original pierde legitimidad. |
| Art. 1220 Código Civil | Se entiende efectuado el pago al ejecutar íntegramente la prestación acordada. |
| Art. 690-D Código Procesal Civil | Faculta al demandado a formular CONTRADICCIÓN si la deuda ya se extinguió (se pagó). |
Nuestros Servicios Digitales Express
No pierdas tiempo en trámites físicos. Resolvemos tu situación mediante el Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) del Poder Judicial.
Ingresamos al sistema judicial, revisamos tu demanda y te decimos exactamente si tu caso es ganable.
Elaboramos la contradicción legal y la presentamos digitalmente ante el juzgado. Incluye cargo de recepción.
Documentos que Necesitas
- Copia de la demanda recibida (o número de expediente).
- Carta de No Adeudo o Boucher de pago de la deuda cancelada.
- Copia de tu DNI vigente.
Nota de Transparencia: Los costos no incluyen aranceles judiciales (tasas del Banco de la Nación) que el juzgado requiera para el ofrecimiento de pruebas.